Columnistas // 2018-01-14
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El Megadecreto del verano ¿Y la República?
El gobierno nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 27/2018, a partir del cual se modifican áreas pertenecientes a los ministerios de Modernización, Producción, Trabajo, Finanzas, Transporte, Cultura, Agroindustria y Energía. El DNU además impactará sobre la Anses, el Banco Central y la AABE, organismo encargado de administrar los bienes del Estado.


Guiados por una fuerte inspiración estival, y a pesar de continuar (aún) de vacaciones, el presidente y sus ministros derogan 19 leyes, modifican otras 140 y toman 170 medidas muy importantes para el funcionamiento del Estado.

Entre las decisiones más polémicas se encuentra el cambio en la regulación que impedía embargar las cuentas sueldo de los trabajadores. Ahora se les permitirá a las entidades financieras quedarse con los depósitos que excedan los tres salarios mínimos para cancelar las deudas, lo que favorece a bancos y prestamistas, en un contexto de endeudamiento creciente de las economías familiares.

Por otra parte, se suprime la Ley de Abastecimiento, que promovía la producción agropecuaria e industrial por parte del Ejército Argentino. En consecuencia, la Agencia de Bienes del Estado (AABE) podrá administrar o disponer de los terrenos.

“Este decreto facilita la venta de activos del Estado, para agrandar la corrupción de los negocios” declaró a radio 10 el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat. También resaltó que el DNU “facilita la venta de bienes del Estado, particularmente de las FFAA y del Ejército, porque hay un negocio inmobiliario que se está gestando en la provincia de Mendoza y que ya ha sido motivo de una acción amparo, para privatizar el campo Los Andes, que es un campo limítrofe con Chile, no son tierras que se pueden comercializar sin ningún tipo de recaudo y control”.

Además sostuvo que la medida “significa facilitar el vaciamiento del fondo del ANSES” y allanar el camino hacia una privatización del sistema de la seguridad social. En efecto, autoriza a constituir fideicomisos, financieros o no, alquilar o prestar títulos y acciones y, en general, a realizar negocios financieros con sus fondos.

El decreto firmado por el presidente baja las multas a empresas que tengan trabajadores en la informalidad. Además reduce el tiempo que permanecerán en "veraz laboral" una vez que hayan regularizado la situación de 120 a 30 días.

En medio de la inundación de productos importados, se convierte en automáticas a 314 licencias de importación que hasta ahora requerían una aprobación del gobierno. La medida abarcará a laminados de acero, aluminio semielaborado, polipropileno, poliestireno e hilados de algodón, entre otros productos. Se flexibiliza aún más el ingreso de productos en momentos en que el déficit comercial se ubica en niveles históricos.

Se estableció además que las licitaciones de obra pública en adelante solamente serán publicadas en el Boletín Oficial nacional, eliminando esa obligación para esos organismos provinciales o municipales. También se reducen de 10 a 5 días de anticipación para publicar licitaciones de hasta 100 millones de pesos.

En el ámbito del transporte, se retiró la exigencia del aval presidencial para habilitar nuevos puertos y para la instalación de nuevas plantas automotrices. También será posible la circulación de "bitrenes", es decir camiones con dos acoplados, medida que reducirá puestos laborales ya que bajará la demanda de conductores.

Por otro lado, se unificará la prestación de servicio de tráfico aéreo en la empresa estatal EANA, dejando de lado la competencia del Ministerio de Defensa sobre esta área, al tiempo que se incorporan nueve aeropuertos a su sistema de control para facilitar las operaciones de las “low cost”.

Se trata de un decreto nominado como de “necesidad y urgencia”, que invoca lo establecido por el art. 99, inc. 3º de la Constitución Nacional, que indica: “El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlo, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros”.

El DNU introduce modificaciones en normativa penal, procesal penal y tributaria, que le están expresamente vedadas al Poder Ejecutivo Nacional, bajo sanción de nulidad absoluta e insanable por la CN.

En síntesis, beneficios para el complejo agroexportador con la desregulación de la habilitación de puertos, logística de transporte y facilidad de importación en insumos y maquinaria agrícola. Al mismo tiempo, facilidades para que los bancos y el sistema financiero pueda multiplicar ganancias, incluso si para eso necesitan embargar las cuentas sueldo de los trabajadores argentinos. También resalta la incorporación del FGS (la plata de los jubilados) al circuito financiero. Además, se desguaza la defensa nacional al quitarle atribuciones de control sobre transporte aeroportuario. Por otro lado, se otorga la disponibilidad de las tierras del Ejército para ventas y negocios inmobiliarios.

Todo esto sin pasar por el Congreso, burlando la Constitución y la división de poderes. ¿Dónde estarán los defensores de la república?  


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