Columnistas // 2021-06-08
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DESAFÍOS DE LA POLÍTICA Y GESTIÓN AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA
En conmemoración del Día Mundial del Medio Ambiente, el ciclo de conferencias “AMÉRICA LATINA. DEBATES Y PERSPECTIVAS” realizó su 6to encuentro. En esta oportunidad se debatió sobre la situación ambiental en Latinoamérica y los desafíos que tienen para el futuro los países de la región respecto a este tema.


Continuando con el ciclo de conferencias organizado por la asociación civil Foro Nuevo Cuyo, se dio lugar a su sexto encuentro en el que se trató los desafíos de la política y gestión ambiental en América Latina. Contó con la exposición de Noelia Torchia, abogada y Doctora en Derecho con especialidad en Derecho Ambiental y de aguas; y de Aldo Rodríguez Salas, abogado especialista en Derecho Ambiental. Introdujeron la exposición Macarena Contigliani y Florencia Pérez.

Según Florencia Pérez, el derecho ambiental está dividido en dos grandes momentos. El primer momento para destacar es la cumbre de Estocolmo, en la cual se crea la comisión de la ONU para el ambiente. Y el segundo momento para destacar, es el nombrado como “el Proceso de Río”. Durante este proceso se produjo la Declaración de Río sobre el medio ambiente y la cumbre de Johanesburgo en la que se comenzaron a plantear objetivos en el mediano plazo, que dieron la base para el diseño de la agenda 2030 de la ONU. Para Florencia “esta agenda 2030 es parte de los pilares fundamentales en la actualidad para el derecho ambiental, junto con las encíclicas del Papa Francisco y el acuerdo de París”.

La agenda 2030 realizada por la ONU contiene 17 objetivos para el desarrollo sostenible. Estos objetivos son una oportunidad para América Latina y el Caribe ya que la CEPAL, que es el organismo de naciones unidad en América Latina, tiene como prioridades el fortalecimiento de la arquitectura institucional regional, potenciar el análisis de los medios de implementación de la agenda 2030 en la región y fortalecer las capacidades de desarrollo regional para la planificación de los objetivos para el desarrollo sostenible.

Para Macarena Contigliani, el desafío de la política y la gestión ambiental hoy se presenta desde una perspectiva integral: económica, social y ecológica. Expresó que “se tiene la misión de trabajar desde una perspectiva integral que atañe, no solo a ambientalistas, sino que también a la sociedad en su conjunto dado que es una problemática global”.

La tendencia mundial se inclina a la producción sostenible a fin de reducir las emisiones de carbono y los innecesarios residuos que se generan a causa de una economía que solo busca acumular por el solo hecho de tener. La vida hoy nos lleva a construir y cuidar el planeta. En este sentido, Macarena reflexionó que “las acciones y propuestas deben ser concretas para que haya una conversión ecológica que permita respetar y conservar la vida, cuidando el ambiente, pero protegiendo también de la pobreza a los más desfavorecidos”.

Es necesario que no solo haya un desarrollo sostenible sino también igualdad en su distribución de los recursos y cuidado del medio ambiente. Como dijo el Papa en la encíclica Laudato Sí, “no podemos dejar de reconocer que un verdadero planteo ecológico se convierte siempre en un planteo social, que debe integrar la justicia en las discusiones sobre el ambiente”.

ACUERDO DE ESCAZÚ

El “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, más conocido como Acuerdo de Escazú, fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018. Es el Primer “tratado” regional obligatorio sobre ambiente, según Noelia Torchia.

Surge como un intento de profundizar el Principio 10 “Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo” (Brasil, 1992). Este principio establecía que el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, que toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente y ,si así no lo fuese, se debe proporcionar el acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos. “Esto era una declaración, una invitación, no era jurídicamente vinculante” explicó la abogada.

El eje central del Acuerdo son estos tres puntos. Lo que hace Escazú es reconocer y regular estos tres derechos, que son el derecho a la información ambiental, el derecho a la participación y el derecho al acceso de la justicia.

Para Noelia se produce un cambio de paradigma en lo que ha sido la participación ciudadana en la toma de decisiones en materia ambiental hasta el momento. A partir del 22 de abril de este año, cuando entró en vigencia el Acuerdo de Escazú en Argentina, la autoridad pública deberá realizar los esfuerzos necesarios por identificar al público directamente afectado por proyectos y actividades que tengan o puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, y promoverá acciones específicas para facilitar su participación. Además, se tendrán que establecer las condiciones propicias para que la participación pública en procesos de toma de decisiones ambientales se adecúe a las características sociales, económicas, culturales, geográficas y de género del público.

La abogada, especialista de Derecho Ambiental y de Aguas, comentó que a raíz del acuerdo existe un objetivo muy claro de la región para alcanzar la democracia ambiental sobre decisiones en materia ambiental y el uso de los recursos naturales. Ratifica que no se concibe la toma de decisiones sobre cuestiones que puedan afectar significativamente el ambiente sin un proceso de participación efectiva. “Esto evidentemente es un cambio de paradigma, espero que realmente se lleve a la practica y que tengamos resultados alentadores”, agregó Noelia.

IDEAS, MOVIMIENTOS SOCIALES Y ACCIÓN POLITICA.

Los enfoques políticos y económicos sobre el papel del Estado han sido cambiantes, determinados por contextos sociales e históricos concretos. El surgimiento del Estado de Derecho reconoce su origen en la demanda para amparar los derechos de libertad y propiedad frente al Estado absolutista. En este sentido, Aldo Rodríguez Salas expresó “en la actualidad existen nuevos derechos, de tipo colectivo, que reclaman una protección activa del Estado, este contexto se configura por el cambio climático y se acelera por la pandemia”.

El derecho al ambiente lo podemos considerar como uno de estos nuevos derechos. El cambio climático es un factor fundamental de esta conciencia social, el cual se ve acelerado como consecuencia de la pandemia sanitaria del COVID. Para el abogado “los movimientos sociales cobran impulso ante la información científica que da cuenta de un estrago de escala global capaz de acabar con la vida en la tierra, o por lo menos, provocar sacrificios intolerables a las generaciones futuras”.

Desde que comenzó a identificarse el cambio del clima como una amenaza planetaria por los científicos, las organizaciones multilaterales especializadas (OMM,OMS) requirieron la atención política de este problema. En nuestro país, la Ley 27520 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático en todo el territorio nacional. Además, en mayo de este año se sancionó la Ley de Educación Ambiental. Está ley nos propone el concepto de Educación Ambiental Integral (EAI), al cual lo enuncia como el proceso educativo permanente con contenidos temáticos específicos y transversales, que tiene como propósito general la formación de una conciencia ambiental. 

Para el especialista, las claves del pensamiento socioambiental latinoamericano se basan en los conceptos de bienes comunes, territorialidad, soberanía alimentaria y la justicia ambiental. “Nos aguarda un salto magnífico de la conciencia social que concebirá al mundo y al planeta como un todo, capaz de entender que no podemos expoliar sus recursos sin consecuencias para las generaciones futuras”, completó Rodríguez
 


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