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Mientras en Congreso debate la prórroga de la Ley 26.160, que suspende los desalojos de pueblos indígenas, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso extraordinario presentado por la Comunidad Lof Suyai Levfv contra el fallo de la Cámara Civil de San Rafael.
La misma había revocado la sentencia del juez de primera instancia que resolvió aplicar la ley de orden público 26.160 que suspende los desalojos de las comunidades, beneficiando a sectores con intereses económicos donde las familias desarrollan tareas crianceras.
“Los actuales terratenientes Aldao y Bombal, descendientes de la oligarquía mendocina favorecidos por la conquista del desierto, hoy son favorecidos por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza para seguir despojando al Pueblo Mapuche”, exponen desde el Lof.
De este modo, la comunidad corre riesgo de desalojo, ante los intereses de sectores empresarios privados e inmobiliarios. Al mismo tiempo, desde la organización Malalweche, que reúne a las comunidades mapuches de la provincia, advierten que se trata de la continuidad de la “Campaña del Desierto”.
Gabriel Jofré, werken de Malalweche, denuncia además la falta de implementación en Mendoza de política indígena, a la vez que no ha finalizado el Relevamiento Territorial, enmarcado en el INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) contabilizando a 6 comunidades de las 26 existentes en este territorio.
La Corte se excusa, explicando: “No obstante que el INAI ha hecho llegar a este Tribunal su opinión acerca del presente litigio, tengo presente que a su vez ha informado en la causa no haber efectuado aún el relevamiento correspondiente a la comunidad recurrente, ni concluido el trámite iniciado por ésta”.
“Mendoza no ha implementado ninguna medida para contribuir a dicho relevamiento, acorde al convenio marco del año 2009”, detallan desde la organización Malalweche, y remarcando la omisión absoluta en materia de derecho indígena en la provincia.
Respecto del fallo dado por el tribunal integrado por los jueces Llorente, Gómez y Day señalan que “plantean, sin tapujos, que la familia de la comunidad podría ser incorporada en tierras ya relevadas. Para quienes entienden en primera lectura decimos esto es segregacionismo explícito”.
“En tanto la propiedad indígena de la Comunidad Mapuche ya cuenta con tierras relevadas; y el Estado tiene facultad de asignar a los pueblos originarios otras alternativas, cuando no fuera posible otorgar las originales”, dice un extracto de la sentencia fechada el 2 de noviembre.
Desde el Lof Suyai Levfv y la organización Malalweche llaman a resistir, convocando a otras comunidades a asentarse en las tierras en litigio, a la vez que denuncian la falta de implementación de la política nacional indígena en Mendoza y una la interpretación regresiva en materia de derechos humanos y derechos indígenas de la Suprema Corte.
“Hacemos responsable al estado nacional y provincial por el posible intento de desalojo y las violencias contra el Pueblo Mapuche”, reclaman desde Malalweche. Al mismo tiempo, accionan a fin de llevar la causa al derecho internacional.