Argentina // 2021-08-31
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El decreto de Chile y el reclamo argentino: una historia de larga data que vuelve a estar sobre la mesa
Sebastián Piñera firmó un decreto donde reclama soberanía sobre parte de la Plataforma Continental Argentina. Desde nuestro país salió un inmediato reclamo y repudio. ¿Cómo sigue esta historia?


La medida unilateral tomada por Chile, que busca avasallar el Tratado de Paz y Amistad celebrado en 1984 y ratificado por ley en 2020, generó una gran controversia en el marco de las Relaciones Internacionales.

Distintos repudios por parte de Cancillería y la gobernación de Tierra del Fuego se hicieron conocer para con el decreto del presidente Piñera que busca avanzar sobre la plataforma argentina.  Según señalaron desde Cancillería Argentina, “el límite exterior de la plataforma continental argentina en esta zona se refleja en la Ley Nacional 27.557, aprobada el 4 de agosto de 2020 por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de agosto de ese mismo año".

En este contexto, la medida tomada por Chile fue rechazada por la República Argentina mediante un comunicado en que se señaló que “Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos”.

Ante este panorama, Carlos Dettleff, Director de Fronteras de Cancillería de Chile, expresó que “existe una controversia con Argentina, pero no tiene un origen en violación de normas jurídicas. Lo que acontece es una colusión de derechos. El derecho que tiene Chile por su plataforma continental jurídica y el derecho que tiene Argentina por su plataforma continental extendida”.

Según explicó este abogado, “el Tratado de 1984 establece una restricción para Chile de su zona económica exclusiva pero no de su plataforma continental, por tanto, lo que hace Chile es correcto”. Mientras tanto, para la Argentina, la modificación de la carta náutica por parte de Chile provoca una superposición territorial y contraviene el Tratado de Paz y Amistad de 1984.

Según explica el licenciado en Relaciones Internacionales Agustín Albanesi, en entrevista con Babel, estos conflictos son de larga data. “A fines de los 70, Chile y Argentina estuvieron cerca de guerra por el conflicto del Beagle, diferendo por la soberanía de las Islas Nueva, Picton y Lennox, ubicadas estratégicamente en el extremo oriental del canal”, señaló el especialista.

En tanto, recordó que “finalmente la mediación del Papa Juan Pablo II, evitó el conflicto bélico con la Firma del Tratado de Paz y Amistad de 1984. El tratado en su artículo 4, establece un sistema de resolución pacífica de controversias, es decir ante una controversia, la obligación de las partes es resolverla mediante negociaciones directas”.

En este marco, Sebastián Piñera, que termina su mandato en marzo 2022, pretende reclamar ante la ONU una supuesta soberanía chilena sobre un territorio de 5.000 kilómetros cuadrados, la llamada medialuna, que Argentina incluye en su plataforma y de un sector del espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. ¿Se trata de un manotazo de ahogado buscando tratar de sumar adeptos con un supuesto patriotismo ante un sector gubernamental fuertemente golpeado por críticas ante la crisis sanitaria, económica y educativa del país trasandino?

Históricamente, Argentina propuso que debajo de las islas que quedan al sur del canal Beagle se trace una línea recta hacia el sur. Así, las aguas del océano Atlántico quedan bajo soberanía argentina, mientras que las del Pacífico bajo soberanía chilena, todo ello bajo los principios bioceánicos de diferentes tratados internacionales.

Esta medialuna que hora reclama Chile, y que cuenta con 5.000 kilómetros cuadrados, fue incluida en la plataforma continental argentina que votó por unanimidad el Congreso nacional y que luego fue ratificada por las Naciones Unidas sin la objeción de Chile en 2009.

Según expresa el Tratado de Paz y Amistad, explicó el entrevistado a Babel, en las próximas horas los cancilleres de Chile y Argentina sostendrán un encuentro en donde se analizará la controversia por los límites marítimos vinculados a la plataforma continental de ambos países.

¿Qué antecedentes hay al respecto?

Según cuenta Albanesi, “el 16 de enero del 2008, Perú solicitó a la Corte Internacional de Justicia que delimite su frontera marítima con Chile. Seis años más tarde, el tribunal aceptó parcialmente los argumentos de ambas partes en su fallo. Algo parecido ocurrió el 2012 con otro caso resuelto por la Corte, esta vez entre Nicaragua y Colombia”.

La solución hallada en ese momento, cuenta el especialista, fue que “la frontera marítima entre Perú y Chile quedó definida mediante una línea paralela de 80 millas naúticas, la cual continúa con un trazo equidistante hasta las 200 millas, según el veredicto final de La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que es inapelable y obligatorio”.

En ese mismo marco, el 27 de enero de 2014, y luego de un proceso que se inició en 2008, la Corte Internacional de Justicia de La Haya emitió un pronunciamiento que el gobierno peruano consideró favorable a su posición.

Los jueces finalmente determinaron los límites entre Perú y Chile gracias al fallo que emitió la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre el contencioso limítrofe marítimo.

¿En qué queda lo que determinó la ONU?

Según explica el entrevistado, “el 11 de marzo de 2016 y 17 de marzo de 2017, la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), organismo creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), aprobó las Recomendaciones sobre la presentación argentina del límite exterior de la plataforma continental realizada el 21 de abril de 2009”. 

En dicho marco, la Argentina demarcó el límite exterior de su plataforma continental cumpliendo con las disposiciones de la CONVEMAR y con las directrices científicas y técnicas y el reglamento de la CLPC.

En ese entonces, “la Argentina realizó la presentación completa del límite exterior de su plataforma continental, incluyendo la prolongación natural de su territorio perteneciente a la parte continental, insular y a la Antártida Argentina, reafirmando, una vez más, su soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y espacios marítimos circundantes ilegítimamente ocupados por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte”, recordó el entrevistado.

Finalmente, la CLPC postergó la consideración de la presentación correspondiente a la zona de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, así como del Sector Antártico Argentino, debido a la normativa comprendida en su reglamento que le impide considerar la presentación hecha por cualquiera de los estados parte de una controversia territorial o marítima.

El conflicto de territorios y la controversia suscitada tras el decreto de Sebastián Piñera recién comienza. Según establecen los tratados internacionales firmados por ambos países, seguramente las Cancillerías de uno y otro lado de la cordillera deberán tomar cartas en el asunto para resolver esta controversia.


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