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El gobierno nacional dispuso ampliar a 80% la capacidad de ocupación de butacas en los vehículos de transporte automotor interurbano, y un 80% por cada coche en servicio en el transporte ferroviario interurbano de pasajeros. Así mismo, amplió la capacidad máxima de los servicios de oferta libre.
Según apunta el Boletín Oficial de la República Argentina se continúa avanzando en medidas que aporten a la flexibilización de circulación en el marco de la pandemia. De esta manera, el Ministerio de Transporte a través de su titular, Mario Meoni, dispuso ampliar la capacidad de ocupación de butacas, tanto en transporte automotor como ferroviario, respondiendo a la demanda de traslados en el marco de esta etapa de distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO) donde hay menores restricciones a la circulación, siempre teniendo en cuenta las recomendaciones emitidas por el Ministerio de Salud para la prevención del contagio del COVID-19.
Según se apunta desde este Ministerio, esta medida se da “en vistas del próximo aumento de demanda por la temporada estival y, a fin de acompañar las mayores aperturas efectuadas por la normativa vigente, corresponde revisar los límites de ocupación de los vehículos afectados a los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros, en todas sus modalidades, a fin de homogeneizar las previsiones respectivas, por estrictas razones de equidad”.
En ese sentido, a partir de la resolución 293/2020 que entró en vigencia esta mañana, a partir del momento de su publicación en el Boletín Oficial, se extiende a 80% la capacidad de ocupación de butacas en los vehículos de transporte automotor interurbano, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie, y un 80% por cada coche en servicio en el transporte ferroviario interurbano de pasajeros. En ambos casos deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social.
Por otro lado, los servicios de oferta libre podrán tener una ocupación máxima del 80%. La norma entrará en vigencia 8 días de corrido posteriores a su publicación. En este contexto, para autorizar la circulación de las combis, se deberá cumplir estrictamente con algunos requisitos: será obligatorio que todos los ocupantes del vehículo utilicen un tapa bocas, nariz y mentón; los pasajeros deberán portar el certificado que acredite el carácter de trabajador esencial o la habilitación de circulación correspondiente; y los vehículos deberán retirar las cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de aquellos utilizados en los tapizados de las butacas y laterales.
Estos avances, apunta el gobierno, se dieron en discusiones con la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI), la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA), la Cámara Argentina del Transporte Automotor de Pasajeros (CATAP) y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), quienes habían presentado un pedido para una flexibilización de las medidas el pasado 17 de noviembre.
Asimismo, participaron de estas negociaciones la Cámara Empresaria del Transporte Ocasional (CETO) y la Cámara Empresaria del Transporte Turístico de Oferta Libre. La idea es llegar en las mejores condiciones posibles a la temporada de verano y que los centros turísticos de todo el país puedan recibir visitantes de distintas partes del país.