Argentina // 2020-01-16
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La ANMAT prohibió la comercialización de algunos aceites, budines y productos orgánicos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología emitió una serie de disposiciones donde prohíbe la comercialización de algunos productos importados y otros de origen nacional.


Este jueves 16 se realizó una publicación en el Boletín Oficial, mediante una serie de disposiciones por las cuales la ANMAT publicó un listado de alimentos que no podrán ser comercializados en el país.

La disposición 176/2020 emplaza la prohibición para “Cacao Nibs Raw y Orgánicos”, marca Prana, producto de Ecuador y “Bayas de Goji Orgánicos”, marca Prana, producto de China.
Por otro lado, la 177/2020 concierne a los productos riojanos “Aceite de Nuez, PureWalnutOil, Omega 3-6-9 y vitaminas” y “Aceite de Nuez Frutado, PureFruityWalnutOil. Omega 3+6+9 y vitaminas”, ambos marca: VITA NUSS, elaborado por Nogales S.R.L., los cuales no cumplirían la normativa alimentaria vigente.

La disposición 178/2020 fue emitida con relación a productos de las marcas Nevares, Aires de Luján y Para Ti. Los productos prohibidos fueron el “Budín sabor chocolate relleno con dulce de leche y mousse sabor chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate”, Budín Delicias, marca: Nevares; la “Mini torta sabor chocolate con dulce de leche y mousse sabor a vainilla cubierta con baño de repostería”, marca Para Ti; las “Galletitas dulces rellenas con dulce de membrillo”, marca: Aires de Luján, nombre de fantasía Pastafrola; y “Galletitas dulces con membrillo”, marca: Aires de Lujan, nombre de fantasía: Pepas con membrillo. Todas ellas por encontrarse por fuera de sus fechas de vencimiento aún en comercialización.

En tanto que la disposición 179/2020 prohibió la comercialización del medicamento “VIASYS Helthcare Medsystems – NON ESTERILE – PULMANEX PEEP-VALVE/ Positive End Expiratory Pressure Valve/Reducing Step Adapter – 22mm O.D. x 18.6 mm I.D. x 30.1 mm O.D. – REORDER #BLD-8870 – Mfg. By Viasys MedSystems”.

Por otro lado, la disposición 180/2020 hizo lo mismo con “Aceite 100% girasol, marca: El Sol, Producto Para Gastronomía, Elaborado por RNE 04000323, RNPA 04-0003272, Prov. de La Rioja”.

Finalmente, la disposición 182/2020 prohibió la comercialización del producto cordobés “Mix de Especias, 7 Especias, Tridosha – Mayadevi, Elaborado por Artesanos Gourmet, Federico Bianchi, Av. Gral. Paz 178, Morrison, Córdoba, con logo facultativo “Sin TACC”. 


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